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Clave práctica · Notificaciones electrónicas

El plazo corre aunque no abras la notificación: la trampa del buzón electrónico

El plazo de una notificación electrónica corre aunque no abras el buzón. Por qué es la trampa que más plazos hace perder y cómo se evita.

Las sociedades —y cada vez más autónomos— están obligadas a recibir las notificaciones de Hacienda por vía electrónica, en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Una vez puesta a disposición, tienes 10 días naturales para acceder a ella; si no entras, se entiende notificada igualmente al día siguiente de cumplirse, y desde ahí empieza a correr el plazo de defensa.

Por qué es peligroso

Muchas empresas descubren una providencia de apremio o una sanción cuando ya han perdido el plazo para defenderse, simplemente por no vigilar el buzón durante unas vacaciones, una baja o un cambio de asesor. El daño no lo causa la notificación: lo causa no verla a tiempo.

Cómo lo evitamos

Con el Plan Escudo revisamos cada día laborable tu DEHú —donde notifican la AEAT, la Seguridad Social y las demás administraciones adheridas—, te avisamos el mismo día con el plazo ya calculado, y la respuesta está incluida en la cuota. Solo necesitamos que nos apoderes para recibir tus notificaciones, que se hace por internet en cinco minutos.

Que ningún plazo corra sin que lo sepas. Conoce el Plan Escudo y la vigilancia de tu buzón oficial. Ver el Plan Escudo →

Divulgativo. Art. 43 de la Ley 39/2015 y normativa de notificaciones electrónicas de la AEAT.

¿Esto te afecta y no sabes por dónde empezar?

Empieza por lo que tienes en la mano: el plazo o el impuesto. Sin coste y sin registrarte.