El plazo de una notificación electrónica corre aunque no abras el buzón. Por qué es la trampa que más plazos hace perder y cómo se evita.
Las sociedades —y cada vez más autónomos— están obligadas a recibir las notificaciones de Hacienda por vía electrónica, en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Una vez puesta a disposición, tienes 10 días naturales para acceder a ella; si no entras, se entiende notificada igualmente y el plazo de defensa empieza a correr.
Por qué es peligroso
Muchas empresas descubren una providencia de apremio o una sanción cuando ya han perdido el plazo para defenderse, simplemente por no vigilar el buzón durante unas vacaciones, una baja o un cambio de asesor. El daño no lo causa la notificación: lo causa no verla a tiempo.
Cómo lo evitamos
Con el Plan Escudo vigilamos a diario tu DEHú y las sedes de la AEAT y la Seguridad Social, te avisamos en cuanto entra algo con el plazo ya calculado, y la respuesta ya está incluida en la cuota.
Divulgativo. Art. 43 de la Ley 39/2015 y normativa de notificaciones electrónicas de la AEAT.