El TEAC avaló las regularizaciones de AIEs de I+D+i. Qué censura exactamente la resolución, qué NO dice, y las cuatro preguntas que hay que hacerle a cualquiera que te ofrezca una de estas estructuras.
La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 19 de noviembre de 2024 avaló las regularizaciones practicadas por la Inspección sobre estructuras de Agrupaciones de Interés Económico (AIE) de I+D+i en las que la facturación entre la empresa ejecutante y el vehículo se había inflado artificialmente para engordar el crédito fiscal trasladado a los inversores.
Lo que el TEAC censura
- Simulación en la facturación: proyectos cuyo coste real era muy inferior al facturado a la AIE, multiplicando la base de deducción sin sustancia que lo respalde.
- Ausencia de riesgo real: inversores con retornos garantizados de facto, incompatibles con la lógica del vehículo.
- Vehículos sin sustancia: AIEs que no decidían, no pagaban desde cuenta propia y no dejaban rastro de actividad real.
Lo que NO dice la resolución
El TEAC no declara ilegal la monetización de deducciones vía AIE: censura cómo se ejecutaron esas estructuras concretas. La AIE de I+D+i bien construida — coste real auditado, informe motivado vinculante, riesgo efectivo del inversor y sustancia documentada — sigue siendo un mecanismo legal previsto por la norma.
Las 4 preguntas que debes hacer a quien te ofrezca un tax lease
- ¿La base de deducción se calcula sobre el coste real y auditado del proyecto?
- ¿Hay informe motivado vinculante que blinde la calificación, o solo «informes internos»?
- ¿Qué riesgo asumo de verdad — y por qué la rentabilidad prometida es compatible con ese riesgo?
- ¿Quién me defiende si llega una comprobación, y cuánto me costará?
Análisis divulgativo; no constituye asesoramiento sobre casos concretos. Resolución TEAC de 19-11-2024.